RESOLUCION EXENTA SII N�08 DEL 19 DE ENERO DEL 2009
Hoy
se ha resuelto lo que sigue:
VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6�, Letra A), N� 1 y Art. 69, del C�digo
Tributario, contenido en el Art. 1� del D.L. N� 830, de 1974; en el Art. 56,
incisos 3� y 4�, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en
el Art. 1� del D.L. N� 825, de 1974; la Res. Ex. SII N� 45, de 01 de Septiembre
de 2003; la Res. Ex. SII N� 08, de 23 de Enero de 2004; la Res. Ex. SII N� 86,
de 1 de Septiembre de 2005; y
CONSIDERANDO:
1� Que, por la Res. Ex. SII N� 08, de 23 de Enero de 2004, se ha delegado en
el Subdirector de Fiscalizaci�n, la facultad establecida en el inciso tercero
del Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el
D.L. 825, de 1974.
2� Que, en virtud de dicha facultad, este Servicio puede autorizar la
emisi�n Documentos Tributarios Electr�nicos, exigiendo el cumplimiento de
requisitos necesarios para resguardar debidamente el inter�s fiscal. 3�
Que, asimismo, la facultad antes se�alada permite derogar las autorizaciones
otorgadas, de acuerdo a las situaciones definidas en el resolutivo Duod�cimo de
la Res. Ex. SII N� 45, de 2003, as� como en otras situaciones no contempladas en
el resolutivo indicado.
4� Que, con el fin de incorporarse como usuario del
Sistema de Facturaci�n Electr�nica del Portal MIPYME, el contribuyente que se
detalla en el �nico Dispositivo de esta resoluci�n ha solicitado a este Servicio
la derogaci�n de su autorizaci�n para emitir Documentos Tributarios
Electr�nicos, la que le fue otorgada a partir de Diciembre de 2008, seg�n lo
dispuesto en la Res. Ex. SII N� 156, de 02 de Diciembre de 2008.
SE RESUELVE:
Der�gase la autorizaci�n otorgada para operar como emisor de
Documentos Tributarios Electr�nicos, de acuerdo a lo establecido en la Res. Ex.
SII N� 45, de 2003, y la Res. Ex. SII N� 86, de 2005, al contribuyente:
An�tese, comun�quese y publ�quese en extracto.
IVAN BELTRAND CRUZ
Lo que transcribo a Ud., para su
conocimiento y dem�s fines
MSB/HSS/RCM |