RESOLUCION EXENTA SII N�133 DEL 07 DE SEPTIEMBRE DEL 2009
Hoy se ha resuelto lo que sigue: VISTOS: Los art�culos 55, 56 y 63 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el D.L. N� 825, de 1974 y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo N� 55, de Hacienda de 1977; la Resoluci�n N� 75, de 17 de Junio de 1985, del Director del Servicio; y las atribuciones que se me confieren en el resolutivo N� 9 de la Resoluci�n Ex. N� 5028, de 1998. La solicitud presentada por don Jos� Antonio �lvarez Lav�n, RUT N� 8.871.324-9 en representaci�n de RED FACIL S.A., RUT N� 96.975.350-2, domiciliados en Almirante Pastene 12, oficina 3 B, comuna de Providencia, Santiago, en la que solicitan autorizaci�n para emitir boletas de servicios, en su calidad de mandatarios, para el ingreso a espect�culos y reuniones pagadas presentados o promovidos por terceras personas, conforme lo dispone la Resoluci�n Exenta N� 5028 de 28.08.1998, de esta Direcci�n Nacional; y CONSIDERANDO: 1� Que, el art�culo 56, inciso segundo, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, faculta al Servicio de Impuestos Internos para autorizar el uso de boletas que no re�nan los requisitos exigidos por el Decreto Ley N� 825, de 1974, sobre Impuesto a las Ventas y Servicios y por el Decreto de Hacienda N� 55, de 1977, reglamentario de dicha ley; siempre que, a su juicio, se resguarden debidamente los intereses fiscales. 2� Que, mediante la Resoluci�n N� 1251, de 29 de julio de 1980, el Director del Servicio de Impuestos Internos, estableci� requisitos distintos a los establecidos en la letra B, del art�culo 69 del Decreto Supremo N� 55, de 1977, para las boletas de servicios que deben emitirse por entradas a los espect�culos y reuniones pagadas, sean ocasionales o habituales. 3� Que, por Resoluci�n EX. SII. N� 5028, de 28 de Agosto de 1998, el Director deleg�, en el Subdirector de Fiscalizaci�n, la facultad de autorizar la emisi�n de boletas que no re�nan los requisitos exigidos por la Ley y el Reglamento sobre Impuestos a las Ventas y Servicios, cuando de la solicitud y antecedentes aportados por el peticionario y de los informes que estime pertinente requerir, concluya que el inter�s fiscal se encuentra debidamente resguardado.
4� Que, en el resolutivo 1�, letra a), de la Resoluci�n EX. SII. N� 5028, ya citada, indica que las boletas de servicio de ingreso a espect�culos que se emitan por cuenta de terceros ser�n confeccionadas en papel continuo y constar�n de dos partes a lo menos, las que deber�n ser entregadas al adquirente en el momento de la venta. 5� Que, analizada la petici�n y los antecedentes acompa�ados, esta Direcci�n Nacional estima que la emisi�n de boletas de entradas a espect�culos y reuniones pagadas por cuenta de terceros mandantes, que har� la empresa RED FACIL S.A. por medios computacionales, en la forma que se establece en la Resoluci�n Ex. SII. N� 5058, precitada, resguarda debidamente el inter�s fiscal. SE RESUELVE: 1� AUTOR�ZASE a RED FACIL S.A., RUT N� 96.975.350-2, para que emita, por cuenta de terceros mandantes, boletas de servicios para el ingreso a espect�culos p�blicos y reuniones pagadas, con los requisitos que se�ala la Resoluci�n Ex. SII N� 5028 de 28.08.1998, del Servicio de Impuestos Internos.
2� Las boletas de servicios para el ingreso a espect�culos p�blicos y reuniones pagadas, deben ser emitidas en forma individual. An�tese, notif�quese y comun�quese. (Fdo.) IV�N BELTRAND CRUZ Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y dem�s fines. RPA/HSS/RGV DISTRIBUCION - Sr. Jos� Antonio �lvarez Lav�n en representaci�n de RED FACIL S.A. |