RESOLUCION EXENTA SII N�197 DEL 22 DE DICIEMBRE DEL 2009
Hoy se ha resuelto lo que sigue: VISTOS: � Las necesidades del Servicio y las facultades que se me confieren en
las letras c) y �) del art�culo 7� de
CONSIDERANDO: Que, existe la necesidad de adecuar la
organizaci�n de las Direcciones Regionales a las actuales denominaciones y
funciones que deben cumplir los respectivos Departamentos Regionales, a fin de
satisfacer los requerimientos de atenci�n y control de los diversos tr�mites
efectuados por los �contribuyentes. RESUELVO: Primero: Reempl�zase, la actual denominaci�n de
los Departamentos de las respectivas Direcciones Regionales en la forma que, a
continuaci�n, se indica: � El �Departamento de Resoluciones� de
todas las Direcciones Regionales del pa�s, por �Departamento Plataforma de
Atenci�n y Asistencia�. � El �Departamento de Fiscalizaci�n
Masiva� de las Direcciones Regionales Metropolitanas Santiago Centro y Santiago
Oriente, por �Departamento Fiscalizaci�n Personas y Micro-Peque�a Empresas�. � El �Departamento de Fiscalizaci�n
Selectiva� de las Direcciones Regionales Metropolitanas Santiago Centro y
Santiago Oriente, por �Departamento Fiscalizaci�n Medianas y Grandes� Empresas�. Segundo: �El Departamento Fiscalizaci�n Personas y
Micro-Peque�a Empresas (ex� Departamento de Fiscalizaci�n Masiva) de las
Direcciones Regionales Metropolitanas Santiago Centro y Santiago Oriente, ser�
responsable de la ejecuci�n de las acciones regionales
correspondientes a la implementaci�n de planes preventivos, masivos y
selectivos de fiscalizaci�n para los contribuyentes correspondientes a los segmentos
de personas, de micro y de peque�as empresas, como asimismo las atenciones derivadas
de estas acciones de control, traspas�ndose desde el ex- Departamento de
Resoluciones de dichas direcciones regionales, las acciones de atenci�n o
fiscalizaci�n asociadas a los formularios 29 y 50. Tercero: El Departamento Fiscalizaci�n
Medianas y Grandes Empresas (ex - Departamento de Fiscalizaci�n Selectiva) de las
Direcciones Regionales Metropolitanas Santiago Centro y Santiago Oriente, ser�
responsable de la ejecuci�n de las acciones regionales
correspondientes a la implementaci�n de los planes preventivos, masivos y
selectivos de fiscalizaci�n para los contribuyentes correspondientes a los segmentos
de medianas y de grandes empresas, como asimismo las atenciones derivadas de
estas acciones de control, traspas�ndose desde el ex- Departamento de Resoluciones de dichas direcciones regionales, las acciones de atenci�n o fiscalizaci�n asociadas a los
formularios 29 y 50. Cuarto: Toda alusi�n anterior relativa a la
asignaci�n de funciones, delegaci�n de facultades y �procedimientos que hubieran correspondido a
los ex- Departamentos de Fiscalizaci�n Masiva y/o Departamentos de
Fiscalizaci�n Selectiva de las Direcciones Regionales Metropolitanas Santiago
Centro y Oriente o a sus respectivas jefaturas, conforme a instrucciones o
resoluciones de car�cter interno impartidas por este Servicio, como, asimismo, a
las acciones de atenci�n o fiscalizaci�n asociadas a los formularios 29 y 50 que
anteriormente se realizaban en los ex-Departamentos de Resoluciones de dichas
direcciones regionales, se entender� referida a los actuales Departamentos Fiscalizaci�n
Personas y Micro-Peque�a Empresas y/o Departamentos Fiscalizaci�n Medianas y
Grandes Empresas de las mismas o a sus jefaturas, en lo �relativo a los contribuyentes del respectivo segmento. Quinto: As�gnase a los Departamentos
Fiscalizaci�n del resto de las Direcciones Regionales del pa�s, la ejecuci�n
de las acciones regionales correspondientes a la implementaci�n de los planes
preventivos, masivos y selectivos de fiscalizaci�n y las atenciones derivadas
de estas acciones de control; traspas�ndose desde el ex- Departamento de
Resoluciones de dichas direcciones regionales las acciones de atenci�n o
fiscalizaci�n asociadas a los formularios 29 y 50. Sexto: Toda alusi�n anterior, de asignaci�n
de funciones, delegaci�n de facultades, procedimientos, contenida en
instrucciones o resoluciones impartidas por este Servicio, y referidas a los ex-Departamentos
de Resoluciones de las Direcciones Regionales del pa�s o a sus jefaturas, con
excepci�n de las acciones masivas asociadas a la atenci�n y control de los
formularios 29 y 50, se entender� referida a los actuales Departamentos Plataforma
de Atenci�n y Asistencia o a sus jefaturas. S�ptimo: La presente resoluci�n ser� publicada
en extracto en el Diario Oficial y regir� a contar del 1 de enero de 2010. �AN�TESE, COMUN�QUESE Y PUBL�QUESE EN EXTRACTO ���������������������������������������������������������������������� (Fdo)
RICARDO ESCOBAR CALDERON Lo que transcribo a
Ud., para su conocimiento y dem�s fines Distribuci�n: |