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RESOLUCION EXENTA SII N�33 DEL 06 DE MARZO DEL 2009
MATERIA : AUTORIZA COMO EMISORES DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS ELECTR�NICOS A CONTRIBUYENTES QUE SE�ALA.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:  

VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6�, Inciso 1�, del C�digo Tributario, contenido en el Art. 1� del D.L. N� 830, de 1974; en el Art. 56, incisos 3� y 4�, de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, contenida en el Art. 1� del D.L. N� 825, de 1974; y  

CONSIDERANDO:  

1� Que, mediante Res. Ex. SII N� 08, del 23 de Enero del 2004 , el Director ha delegado en el Subdirector de Fiscalizaci�n, la facultad establecida en el inciso tercero del Art. 56 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios contenida en el Art. 1� del D.L. N� 825, de 1974.  

2� Que, de acuerdo a lo establecido en la Resoluci�n citada en el considerando precedente, el ejercicio de dicha facultad delegada permite autorizar como emisores de Documentos Tributarios Electr�nicos a los contribuyentes y �rganos del Estado que cumplan en forma satisfactoria el proceso de postulaci�n y certificaci�n obligatorio a que se refiere el dispositivo segundo de la Res. Ex. SII N� 45, de Septiembre del 2003.   

3� Que, los contribuyentes que se detallan en el Dispositivo primero de la presente resoluci�n han postulado como emisores de documentos tributarios electr�nicos y cumplen con los requisitos establecidos en la Res. Ex. SII N� 45, de Septiembre del 2003 para ser autorizados como tal.

                                                                           
SE RESUELVE
:  

Primero:     Autor�cese como emisores electr�nicos, a contar del mes de Marzo del 2009, a los siguientes contribuyentes:  

- METALNORTE INGENIER�A LIMITADA 77.646.990-4
- PRODUCCIONES FOTOGR�FICAS Y AUDIOVISUALES FOTOVE LTDA 78.841.400-5
- TRANSPORTES GUIDO SCHIAPPACASSE LIMITADA 76.119.200-0

- IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA SCHIAPPACASSE LIMITADA

76.204.880-9

- CORCORAN Y COMPAN�A LIMITADA

86.527.400-9

- TRANSLOGISTIC Y COMPAN�A LIMITADA

77.693.090-3

- HIELO POP INDUSTRIA Y COMERCIO S A

76.615.880-3

- INGENIER�A DEL FR�O S A

99.505.980-0

- AISLAPOL S A

96.929.060-K

- AKERON-CAF SERVICIO INDUSTRIALES LIMITADA

76.002.884-3

- DISTRIBUIDORA DE COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES E INVERS LEMAR LIMITADA

77.829.580-6

- FW CONSTRUCCIONES LIMITADA

78.857.390-1

- IMPERCOAT SPA.

76.032.942-8

- JORGE ALEJANDRO OCHOA CORT�S

06.036.945-3

- SERV MINERO METALMEC�NICO E INDUSTRIALES S A

96.969.640-1

En la Oficina Virtual del SII en Internet se podr�n consultar los documentos que los mencionados contribuyentes est�n autorizados a emitir en forma electr�nica.  

Segundo:    Los contribuyentes autorizados conforme al dispositivo anterior deber�n cumplir lo establecido en la Resoluci�n Ex. SII N� 45, de Septiembre del 2003, as� como lo expresado en la declaraci�n de cumplimiento de requisitos que han presentado ante este Servicio, en especial, en lo relacionado con las siguientes obligaciones:  

  • Administraci�n de perfiles de acceso de usuarios.

  • Gesti�n de C�digos de Autorizaci�n de Folios (almacenamiento y control de acceso).

  • Foliaci�n Controlada (asignaci�n �nica de cada folio autorizado por el SII).

  • Respaldo seguro de los documentos e informaci�n generada.

  • Env�o de documentos al SII previo a su entrega al receptor del mismo, salvo excepci�n contemplada en el N� 10, del resolutivo Cuarto, de la Res. Ex. SII N� 45, del 2003.

  • Intercambio (env�o y recepci�n) de documentos con otros contribuyentes.

  • Generaci�n de respuestas y acuses de recibo de documentos tributarios electr�nicos recibidos.

  • Generaci�n, mantenci�n y custodia de la Informaci�n Electr�nica de Compras y Ventas, que incluye tanto los documentos electr�nicos como los no electr�nicos.

  • Env�o mensual al SII, de los archivos de la Informaci�n Electr�nica de Compras y Ventas.

  • Generaci�n, mantenci�n y custodia del Libro de Gu�as de Despacho Electr�nicas, si procede.

  • Cuadratura de env�os aceptados, rechazados y aceptados con reparos del SII.

  • Administraci�n de contingencias.

Tercero:     El incumplimiento de las obligaciones que establece esta resoluci�n, como asimismo la utilizaci�n maliciosa del Sistema de Factura Electr�nica, se encuentra sancionada en los Arts. 97 � 109 del C�digo Tributario, seg�n corresponda.

An�tese, comun�quese y publ�quese en extracto.

 

IV�N BELTRAND CRUZ
SUBDIRECTOR DE FISCALIZACI�N

 

     Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y dem�s fines.

RPA/HSS
Distribuci�n:
-     Internet
-     Diario Oficial en extracto

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