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RESOLUCION EXENTA SII N�34 DEL 19 DE MARZO DEL 2009
MATERIA : ELIMINA OFICINAS DE FISCALIZACI�N DE COMERCIO EXTERIOR DEPENDIENTES DE LAS DIRECCIONES REGIONALES METROPOLITANAS.

Hoy se ha resuelto lo que sigue:  

VISTOS: Las necesidades del Servicio y las facultades que se me confieren en las letras a), c) y �) del art�culo 7� de la Ley Org�nica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el art�culo 1� del Decreto con Fuerza de Ley N� 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; y las Resoluciones Ex. N�s 19, del 07 de Mayo de 2001 , y 173, del 31 de Diciembre de 2008 , ambas de esta Direcci�n.  

CONSIDERANDO:  

1�.-  Que, por Resoluci�n Ex. N� 19, del 07 de Mayo de 2001, que elimin� la Oficina de Fiscalizaci�n de Comercio Exterior de la Direcci�n Nacional de este Servicio, se cre� una Oficina de Fiscalizaci�n de Comercio Exterior en las cuatro Direcciones Regionales de la Regi�n Metropolitana , traspasando las  obligaciones y atribuciones, relativas a la fiscalizaci�n de las solicitudes de devoluci�n del Impuesto a las Ventas y Servicios "IVA", que presenten al Servicio contribuyentes con domicilio en las respectivas Direcciones Regionales Metropolitanas, en el funcionario denominado Jefe de la Oficina de Fiscalizaci�n de Comercio Exterior.  

2�.-  Que, mediante Resoluci�n Ex. N� 173, de 31 de Diciembre de 2008, que actualiza, sistematiza y refunde la n�mina de Grandes Contribuyentes, pasaron a formar parte de dicha n�mina, los contribuyentes que hayan declarado exportaciones por un monto promedio anual igual o superior a 300.000 UTM, en cada uno de los �ltimos tres a�os tributarios, as� como tambi�n aquellos con domicilio en la Regi�n Metropolitana que en el a�o comercial precedente a su inclusi�n hubieran tenido derecho a recuperar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que se les hubiere recargado al adquirir bienes o utilizar servicios destinados a su actividad de exportaci�n, por un monto igual o superior a 5.400 UTM.  

3�.-  Que, para el cumplimiento de las funciones propias de este Servicio, es necesario agilizar y optimizar la atenci�n a los contribuyentes, y con ello velar por una eficiente administraci�n de los impuestos.  

SE RESUELVE:  

1�  Elim�nanse, a contar del 01 de Abril de 2009, las Oficinas de Fiscalizaci�n de Comercio Exterior dependientes de las Direcciones Regionales Metropolitanas Santiago Centro, Santiago Poniente, Santiago Oriente y Santiago Sur, con sede  en las dependencias de la Direcci�n Regional Metropolitana Santiago Oriente.  

2�  A partir de la fecha indicada en el resolutivo anterior, la fiscalizaci�n de las solicitudes de devoluci�n de IVA, que tramiten ante el Servicio los exportadores con domicilio en la Regi�n Metropolitana , y que no formen parte de la n�mina que fij� la Resoluci�n Ex. N � 173, de 31 de Diciembre de 2008, ya sea bajo el r�gimen del art�culo 1� � 6� del Decreto Supremo N� 348, de 1975, del Ministerio de Econom�a, Fomento y Reconstrucci�n, corresponder� a la Direcci�n Regional Metropolitana en cuya jurisdicci�n tenga domicilio el contribuyente.

 

AN�TESE, COMUN�QUESE Y PUBL�QUESE EN EXTRACTO.  

 

(Fdo.)  RICARDO ESCOBAR CALDER�N
DIRECTOR

   

Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y dem�s fines.

Saluda a Ud.

Distribuci�n:
Bolet�n del SII
Internet
Diario Oficial (Extracto)

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